Reforma Constitucional del 1949

Reforma Constitucional del 1949

Hoy podrás leer un poco más acerca de la Reforma Constitucional del año 1949.

El día viernes 11 de marzo de 1949 se juraba una reforma constitucional. En las elecciones presidenciales de 1946, Juan Domingo Perón había ganado la presidencia con el 53,7% de los votos y su lista de diputados había alcanzado el 51,9%, a pesar de que esto no era posible por falta de porcentaje, Perón ganó gracias al sistema electoral de la lista incompleta alcanzando el 69% de los votos. Individualmente, Perón había ganado en trece de catorce provincias, y luego dictó la intervención de Corrientes, garantizándose así la unanimidad en el Senado. Entre los años 1946 y 1947 fueron presentados cuatro proyectos de reforma constitucional en el parlamento, de los cuales ninguno fue debatido por las Cámaras. En las campañas de las elecciones de mayo de 1948, Perón anunció su intención de reforma constitucional, y esta vez, el resultado electoral indicó un apoyo del 57,5% de los votos para su lista de diputados, porcentaje el cual quedaría en 70% de las bancas en juego. El día 14 de agosto de 1948, en una sesión especial, la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto que declaraba la necesidad de la reforma constitucional, y el 27 del mismo mes, la Cámara de Senadores lo convirtió en la Ley N°13233. El 5 de diciembre se llevaron a cabo las elecciones para convencionales constituyentes, las cuales tuvieron como resultado al Partido Peronista de ganador obteniendo el 61,3% de los votos, alcanzando 110 de las 158 bancas, mientras que la UCR obtuvo el 26,8% y llegó a los 48 convencionales, los cuales abandonaron la Convención en la tercera sesión ordinaria, el 8 de marzo de 1949.

A pesar de que esta reforma no fue la primera, porque ya había habido reformas en los años 1853, 1860, 1866 y 1898, entre otras; esta reforma fue la más significativa y radical de texto constitucional, proponía otro modelo de país, que elevaba a rango constitucional, entre otras cosas, la intervención del Estado en la economía, y hacía una declaración de derechos ya no solo a un sujeto abstracto, sino también a uno concreto: el trabajador.

La reforma incluyó en el Preámbulo “la irrevocable decisión de constituir una nación socialmente justa, económicamente libre y políticamente soberana”. En vistas de alcanzar la justicia social y avanzar en una nación económicamente libre , se plasmaron en el texto constitucional: la equidad y la proporcionalidad en los impuestos (art. 28); los derechos del trabajador, la familia, la ancianidad, la educación y la cultura (art. 37); la función social de la propiedad (art. 38); el ajuste del capital al servicio de la economía nacional y el bienestar social (art. 39); la intervención y el monopolio estatal en ciertas actividades (art. 40); la propiedad estatal de algunos recursos naturales y servicios públicos (art. 40); el carácter estatal de la banca pública (art. 68, inc. 5); la atribución del Congreso de dictar un código de derecho social (art. 68, inc. 11) y de extinguir el latifundio en vistas de desarrollar la pequeña propiedad agrícola (art. 68, inc. 18). Asimismo, la reforma incluyó la ampliación de las facultades del Poder Ejecutivo Nacional –atendible en algunos casos y bastante discutible en otros, como la facultad para dictar el estado de prevención de alarma (art. 34) y las tipificaciones de nuevos delitos (arts. 15 y 21), y también la relección presidencial indefinida (art. 82).




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Fuente: http://revistabordes.unpaz.edu.ar/la-constitucion-maldita-los-peligros-de-la-reforma-de-1949/

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